Gobierno expide Reglamento de Ley de Fomento Productivo

Quito, 18 de diciembre de 2018

El Presidente de la República, Lenín Moreno, expidió, a través de Decreto ejecutivo No. 617, el Reglamento para la aplicación de la Ley de Fomento Productivo que establece los procedimientos para operativizar y simplificar la aplicación de los beneficios tributarios a las nuevas inversiones, fortaleciendo así la reactivación productiva en el país y la generación de empleo en favor de todos los ecuatorianos.

El Reglamento protege el espíritu inclusivo de la Ley de Fomento Productivo para que cualquier inversionista, sea micro, pequeño, mediano o grande, pueda acceder a la exoneración del Impuesto a la Renta en sus nuevos emprendimientos.

El ministro de Economía y Finanzas, Richard Martínez, destacó que el Reglamento detalla de manera sencilla los procesos a seguir en la aplicación de la Ley y permitirá que las inversiones, tanto nacionales como extranjeras, se puedan ejecutar de manera inmediata.

 Añadió que con el instructivo expedido se clarifica la aplicación de la Ley de Fomento Productivo y no permite discrecionalidades o márgenes de interpretación, lo cual abona en un ambiente de tranquilidad para el contribuyente que se acogerá a los beneficios.

Entre algunos aspectos que contempla el Reglamento están:

  • Se clarifica el concepto de nueva inversión: prevalece el lugar (ciudad) en donde se ejecuta la inversión por sobre la ubicación del domicilio de la empresa.
  • Optimización del esquema de la devolución del IVA y del ISD para las exportaciones.
  • El incentivo para la exoneración del Impuesto a la Renta es automático para empresas nuevas, mientras que para las existentes el beneficio será en función de la tasa de crecimiento de sus activos.
  • Las reinversiones que realicen las empresas existentes de, por lo menos el 50% de sus utilidades, les permitirá la exoneración del ISD sobre los dividendos.
  • Se cierran todos los aspectos que tienen que ver con el Impuesto Mínimo para su eliminación genuina.
  • Entre otros.

El Reglamento además incorpora los procedimientos a seguir para monitorear el cumplimiento de las reglas fiscales, que deriven en alcanzar el objetivo de la sostenibilidad de las cuentas públicas, garantizando siempre la permanencia de los programas sociales y la protección a los más vulnerables.

El Plan de Prosperidad busca un Ecuador con igualdad de oportunidades y justicia social, enrumbado hacia una economía que mejore las condiciones de empleo y fortalezca a la inversión privada. La Ley de Fomento Productivo es el instrumento que permitirá alcanzar estos objetivos promoviendo el emprendimiento y el fomento productivo de las micro, pequeñas y medianas empresas, de la economía popular y solidaria, de los agricultores, ganaderos, pescadores, del área turística, entre otros sectores vitales de la economía nacional.

“La Ley de Fomento Productivo ubica al Ecuador en el camino correcto de un crecimiento sólido y sostenible en el tiempo, que dote a los ecuatorianos de más y mejores oportunidades de empleo”, aseguró el ministro Martínez.

En el siguiente link se puede acceder al texto íntegro del Decreto Ejecutivo con el Reglamento de la Ley de Fomento Productivo:

https://bit.ly/2UW1Fbq