Información para tenedores de Bonos

INSTRUCTIVO PARA SOLUCIÓN DE SOLICITUDES DE TENEDORES DE BONOS GLOBAL 2012 Y 2030

Quito, 01 de marzo de 2019

  1. A la solicitud de solución respecto de sus tenencias, deberá adjuntarse la documentación de respaldo debidamente notarizada, legalizada y protocolizada que lo acredite como dueño de los títulos, dirección e información de contacto, información que deberá ser remitida al correo electrónico finanzasbonos@finanzas.gob.ec, que se encuentra en este aplicativo. Esto no limita a que la solicitud original sea enviada oficialmente al Ministerio de Economía y Finanzas.
  1. Analizada la solicitud, el Ministerio de Economía y Finanzas tomará contacto con el Tenedor, con la finalidad de discutir la solicitud con mayor detalle y solicitar información adicional si fuera necesario.
  1. Una vez cubierta la diligencia y solventados los temas de carácter informativo, la solicitud será tratada con las unidades técnicas y legales del Ministerio de Economía y Finanzas, así como en caso de ser necesario con Agentes externos.
  1. Si una vez tratada y discutida la solicitud con el Tenedor existiera un Acuerdo entre las Partes, el Ministerio de Economía y Finanzas ejecutará los procesos correspondientes para aprobar el Acuerdo.
  1. Una vez aprobado el Acuerdo las partes emitirán su confirmación aceptando los términos del Acuerdo.
  1. El Ministerio de Economía y Finanzas, a través de las áreas correspondientes, ejecutará los procesos que permitan cerrar la transacción. El proceso de cierre podrá ser ejecutado directamente por el Ministerio de Economía y Finanzas o a través de Agentes externos cuando fuera necesario.
  1. El proceso de cierre involucra: la entrega de los títulos por parte del tenedor a la República del Ecuador y la transferencia de los recursos en base a los términos del Acuerdo desde la República del Ecuador hacia el Tenedor.
  1. Una vez cerrada la operación el Ministerio de Economía y Finanzas o los Agentes externos que hubieren participado, deberán documentar la operación donde constarán aspectos técnicos de la misma.

La República del Ecuador a través del Ministerio de Economía y Finanzas proporcionará a los Tenedores un tratamiento similar al otorgado en anteriores casos.