Bono Social

Bono Social para vivienda asequible y digna

La vivienda es esencial para una vida decente y es interés del Ecuador cumplir con este derecho. El acceso a soluciones habitacionales asequibles y dignas es crucial para mejorar la calidad de vida y promover el desarrollo social y económico.

La República del Ecuador contempla como uno de los pilares de su Plan de Prosperidad a la igualdad de oportunidades y protección social. Uno de los programas emblemáticos gubernamentales es Casa para Todos que busca proporcionar a la población de bajos recursos vivienda digna.

Para alcanzar este objetivo, el país ha emitido su primer Bono Social Soberano que permitirá otorgar financiamiento hipotecario a una tasa de interés muy favorable para las familias ecuatorianas.

·    ¿Qué es el Bono Social Soberano?

Es un instrumento creado con el objeto de poder financiar proyectos que tengan beneficios sociales y que, además, hayan sido etiquetados como sociales por su emisor. En este caso, el Bono Social Soberano estará destinado a la vivienda.

·         ¿Qué tipo de viviendas serían las beneficiadas?

Viviendas de Interés Social (cuyo avalúo sea de 177,66 salarios básicos unificados, aprox. USD 71.066) y Viviendas de Interés Público (cuyo avalúo vaya desde 177,66 a 228,42 salarios básicos unificados, aprox. USD 91.370). Los beneficiarios son hogares que compran su primera y única casa, entre otros requisitos (ver documento Marco)

·         ¿A qué tasas y plazos se podrán obtener los créditos para la vivienda?

Los créditos serán otorgados a una tasa de 4,99% efectivo anual (4,88% nominal). El plazo de los créditos será de entre 20 y 25 años, con pagos mensuales. Los compradores deberán pagar el 5% del valor de la vivienda como cuota de entrada.

·         ¿Qué pasos deben seguir los beneficiarios?

1.       Identificar la vivienda que desean adquirir

2.       Coordinar con el promotor/constructor para presentar los documentos respectivos a la entidad financiera que participe en el programa.

3.       Seguir los pasos que la entidad financiera establezca, hasta llegar a la firma de la escritura de Compra-Venta de la vivienda y la inscripción en el Registro de la Propiedad del cantón correspondiente.

·         ¿Qué pasos deben seguir los constructores?

Deben registrar los proyectos de vivienda que van a desarrollar en el MIDUVI, siguiendo estos pasos:

1.       Registro del promotor / constructor en www.habitatyvivienda.gob.ec

2.       Declaración Juramentada de cumplimiento de requisitos técnicos y legales; establecidos en las normas que regulan a los proyectos de vivienda de interés social y público.

3.       Emisión de certificación del registro por parte del MIDUVI.

Proyectos de vivienda registrados en el MIDUVI

Documentación Bono Social Soberano